6.12.09

Nuestros derechos (deberes) como ciudadanos del mundo

La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:

Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.

Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.

Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.

Establecer una sociedad democrática avanzada, y

Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

Así comienza el preámbulo de uno de los documentos más importantes para todos los españoles, la Constitución española, que es la norma jurídica máxima del país. Tal día como hoy, hace 31 años, se elaboró este texto en Madrid en busca de un sistema democrático que defendiera los derechos y deberes básicos de todos los ciudadanos.

Se instauró la monarquía parlamentaria como sistema de gobierno y se crearon las comunidades autónomas con autogobierno, con un parlamento autonómico, con tribunales de ámbito regional y con un Estatuto de autonomía.

Diariamente necesitamos informarnos, comunicarnos y expresar nuestras ideas libremente. A las nuevas generaciones, no nos cabe en la cabeza que no podamos enterarnos de la actualidad del mundo que nos rodea desde todos los puntos de vista o que no podamos manifestar públicamente nuestros pensamientos, nuestros sentimientos o nuestra simple forma de ser. Respecto a este punto, desde 1978, se recoge en la Constitución española lo siguiente:

Artículo 20

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de cátedra.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

Ya sabemos que internet es una de las fuentes fundamentales de información y una de las más amplias plataformas de libre expresión de la actualidad. Encontramos todo tipo de datos, demasiados en muchos casos, y por eso, como ya se comentó en el blog, tenemos que saber discernir entre los testimonios veraces y los falsos, entre las críticas constructivas y las destructivas.

En el marco del respeto y de la educación, como ciudadanos del mundo, tenemos el derecho (el deber) de transmitir nuestros pensamientos para desarrollar nuestra formación como personas en la sociedad y para posibilitar que todos nos enriquezcamos con otras opiniones y con otras formas de ver la vida.

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